Memoria democrática
Esta página documenta los dos reconocimientos oficiales de Olmo Gómez Aldaz como víctima del franquismo por la sustracción y adopción sin consentimiento sufridas en 1971: la Declaración de Reconocimiento y Reparación Personal emitida el 19 de febrero de 2026 por el Gobierno de España y la Resolución de Gogora de 6 de julio de 2026.
La resolución de Gogora, organismo autónomo del Gobierno Vasco, aplica expresamente la categoría prevista en el artículo 4.2.l de la Ley 9/2023 de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi: menores sustraídos a sus progenitores biológicos y entregados en adopción sin su consentimiento.
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Dos reconocimientos oficiales
El 19 de febrero de 2026, el Gobierno de España emitió una Declaración de Reconocimiento y Reparación Personal conforme a la Ley 20/2022 de Memoria Democrática. En ella declaró acreditado que Olmo Gómez Aldaz padeció persecución durante la dictadura franquista, que en 1971 fue sustraído y adoptado sin el legítimo y libre consentimiento de sus progenitores y que debía ser considerado víctima.
El 6 de julio de 2026, Gogora emitió una segunda resolución administrativa que reconoce su condición de víctima del golpe militar y de la dictadura franquista al amparo de la Ley 9/2023 de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi.
Este segundo reconocimiento no sustituye al primero. Se suma a él desde una administración distinta y mediante una categoría legal especialmente precisa para este caso: la de los menores sustraídos a sus progenitores biológicos y entregados a padres y madres de adopción sin el consentimiento de aquellos.
Recorrido previo
En 1971 se produjo la sustracción y adopción de Olmo Gómez Aldaz sin el consentimiento legítimo y libre de sus progenitores biológicos. La alteración de filiación fue incorporada al registro civil como si se tratara de una situación regular y definitiva, otorgándole apariencia de legalidad y cerrando durante décadas cualquier cuestionamiento institucional. Así, la identidad biológica permaneció anulada y borrada.
Ese escenario comenzó a revertirse con la investigación personal, la prueba genética y el procedimiento judicial que culminó en las sentencias de doble filiación dictadas en 2024 y 2025. En ellas se declaró judicialmente la identidad biológica de Olmo Gómez Aldaz y la coexistencia de la filiación biológica y la adoptiva con plenos efectos civiles.
Sin embargo, esas sentencias resolvieron una cuestión de filiación, no reconocieron la condición de víctima ni calificaron administrativamente los hechos dentro de las leyes de memoria democrática. Por ello se promovieron solicitudes específicas ante el Gobierno de España y ante Gogora.
El libro DOGA 2025: La batalla por mi identidad documenta el recorrido personal, histórico y jurídico que sostiene que la sustracción de 1971 no fue un episodio aislado, sino un hecho inserto en un contexto de vulneración de derechos durante la dictadura.
Gobierno de España
La Declaración de Reconocimiento y Reparación Personal fue emitida el 19 de febrero de 2026, firmada por el ministro Ángel Víctor Torres Pérez e inscrita en el Registro de la Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática.
Declaración de Reconocimiento y Reparación Personal
«ha quedado acreditado que […] padeció persecución por razones políticas e ideológicas durante la Dictadura franquista.»
«en 1971 fue sustraído y adoptado sin legítimo y libre consentimiento de sus progenitores.»
«su circunstancia le hace ser considerado como “víctima” según lo contemplado en el artículo 3.1 de la Ley 20/2022.»Ángel Víctor Torres Pérez
Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática
19 de febrero de 2026
Expediente: 523-950967
DRRP. Libro 1 – Número 4918
Gogora · Gobierno Vasco
La Resolución de 6 de julio de 2026 del Director del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, Gogora, reconoce a Olmo Gómez Aldaz la condición de víctima del golpe militar y de la dictadura franquista.
La resolución se fundamenta específicamente en el artículo 4.2.l de la Ley 9/2023 de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi. No se limita, por tanto, a un reconocimiento genérico: encuadra expresamente los hechos en la categoría legal de menores sustraídos y entregados en adopción sin consentimiento de sus progenitores biológicos.
Resolución de Gogora
«Los menores que fueran sustraídos a sus progenitores biológicos y entregados a padres y madres de adopción, sin el consentimiento de sus progenitores.»
«Reconocer la condición de víctima, al amparo del artículo 4.2.l de la Ley 9/2023, de 28 de septiembre, de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi a Don Olmo Gómez Aldaz.»Alberto Alonso Martín
Director del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos
Resolución de 6 de julio de 2026
Firma electrónica de 8 de julio de 2026
Alcance conjunto
Existen ahora dos reconocimientos oficiales, independientes y compatibles. El Gobierno de España reconoce la persecución, la sustracción y la adopción sin consentimiento bajo la Ley 20/2022. Gogora reconoce la condición de víctima aplicando la categoría específica del artículo 4.2.l de la Ley vasca 9/2023.
Ambos actos completan el recorrido judicial de restitución de la filiación, pero no sustituyen las sentencias ni anulan por sí mismos la adopción. Tampoco declaran responsabilidad penal.
La resolución de Gogora establece además de forma expresa que el reconocimiento es compatible con otras fórmulas de reconocimiento o reparación, pero que no constituye título para exigir responsabilidad patrimonial de las administraciones ni produce por sí solo indemnización económica o profesional.
Significado personal y jurídico
Las sentencias de doble filiación reconocieron quién era Olmo Gómez Aldaz y restituyeron jurídicamente su filiación biológica, aunque la adopción permaneciera vigente.
Los reconocimientos de memoria democrática responden a otra cuestión: qué ocurrió y cuál es la posición institucional ante esos hechos. Dos administraciones públicas reconocen ahora formalmente que fue víctima de una sustracción y adopción sin consentimiento producidas durante la dictadura franquista.
La resolución de Gogora añade una precisión esencial: no solo reconoce la condición general de víctima, sino que aplica directamente la categoría legal concebida para los menores sustraídos de sus familias biológicas y entregados en adopción sin consentimiento.
Documentos oficiales en PDF
Declaración de Reconocimiento y Reparación Personal emitida por el Gobierno de España el 19 de febrero de 2026.
Declaración del Gobierno de España (PDF)
Resolución de Gogora de 6 de julio de 2026 por la que se reconoce la condición de víctima a Olmo Gómez Aldaz. La copia pública oculta el DNI; el documento puede verificarse mediante el localizador oficial que figura en sus páginas.